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Los ingresos no son un derecho: los límites del análisis fundamental en tokens

Algunos protocolos generan ya ingresos sustanciales y verificables, y un número creciente los destina a recomprar su propio token. Eso ha reavivado el argumento de que los tokens pueden valorarse como acciones. Esta nota se toma en serio esos ingresos y plantea después la pregunta que el argumento suele saltarse: ¿a qué tiene derecho exactamente el tenedor de un token, y quién puede quitárselo?

Manuel E. De Luque MuntanerCEO y Fundador
18 de agosto de 202611 min de lectura
  • Los ingresos son reales y cada vez mejor capturados. Los ingresos del conjunto de protocolos se cuentan por miles de millones, y algunos convierten ya en ingreso la gran mayoría de las comisiones que generan en lugar de dejarlas pasar.
  • Un PER es un múltiplo sobre un derecho exigible. Una acción conlleva un derecho legal sobre el beneficio residual, un lugar en la estructura de capital y un mecanismo para exigir responsabilidad a los administradores. Un token, en la mayoría de los casos, no conlleva ninguno de los tres.
  • Una recompra no es un dividendo. Es un uso discrecional de la tesorería que la gobernanza puede pausar, redimensionar o suprimir, y al menos un protocolo importante ya ha hecho exactamente eso al concluir que la política no sostenía su token.
  • El lado de la oferta suele quedar fuera de la aritmética. Un programa de recompra que compite con un desbloqueo programado no es evidentemente acretivo, y el desbloqueo es el más previsible de los dos.
  • Las preguntas útiles son estructurales, no aritméticas: qué derecho confiere el token, quién puede revocarlo, qué oferta está contratada para llegar y quién cobra antes que usted.

Algo real ha cambiado

Conviene empezar por la versión más fuerte del argumento, porque es más sólida que antes y despacharla sería perezoso.

Un puñado de protocolos genera hoy ingresos a una escala que no está en discusión y que resulta verificable sobre infraestructura pública. Las cifras publicadas sitúan a Hyperliquid en torno a 1.050 millones de dólares de comisiones brutas anualizadas que se convierten en unos 943 millones de ingreso del protocolo: una tasa de captura cercana al 90%, que muy pocos negocios de cualquier sector alcanzan. Aave reportó unos 951 millones en comisiones que se traducen en unos 127 millones de ingreso. Uniswap generó unos 892 millones en comisiones capturando unos 12, cifra que reflejaba una decisión deliberada de no activar la captura y no una incapacidad para hacerlo. En el conjunto del sector, los ingresos reportados de protocolos acumulan miles de millones en lo que va de año.

Lo nuevo no son los ingresos, sino la fontanería que se les ha conectado. Varios protocolos destinan ya parte de ese ingreso a comprar su propio token, un mecanismo que apenas existía hace dos años. Uniswap aprobó con apoyo casi unánime una propuesta de gobernanza para activar la captura de comisiones; Aave mantiene recompras desde 2025 y amplió el programa en 2026; Hyperliquid destina la abrumadora mayoría de sus comisiones a comprar y quemar su token. Participantes serios del mercado sostienen que, a medida que esto se extienda, las valoraciones podrían ampliarse de forma notable sin crecimiento alguno de los ingresos.

Es un argumento coherente y en parte correcto. Que la captura de comisiones pase de casi cero a la mayoría del ingreso es un cambio real en el funcionamiento de estos sistemas, y el analista que lo ignore no está siendo riguroso, sino simplemente incurioso.

Una precisión sobre lo que sigue. Los protocolos mencionados en esta nota se citan porque sus cifras son públicas y sus decisiones de gobernanza están documentadas, que es lo que permite usarlos como casos de estudio. Nombrar uno no es una opinión sobre él, ni indica que lo mantengamos, ni constituye recomendación de ningún tipo. Esta nota se publica con fines exclusivamente informativos, y nada en ella debe interpretarse como que Block Asset Management invierte, o invertiría, en ninguno de los activos mencionados.

Qué presupone realmente un PER

El argumento para aplicar un PER a un token descansa sobre una analogía, y las analogías conviene examinarlas por sus junturas.

Cuando compra una acción adquiere tres cosas que se dan por supuestas precisamente por lo fiables que son. Adquiere un derecho legal sobre el beneficio residual de la empresa una vez pagados todos los que le preceden. Adquiere una posición definida en la estructura de capital, de modo que sabe quién va por delante de usted en una liquidación. Y adquiere un mecanismo de responsabilidad: los administradores tienen deberes hacia usted, usted vota su nombramiento y, si emplean mal su dinero, existe un cuerpo normativo y un tribunal que le escuchará.

El PER es una abreviatura de lo primero, y solo significa algo porque lo segundo y lo tercero lo sostienen. No es una medida de cuánto dinero gana una empresa. Es una medida del precio de un derecho sobre ese dinero, y un derecho es una relación jurídica, no un flujo de caja.

Por eso el múltiplo hace más trabajo del que aparenta. Cuando un analista dice que una compañía cotiza a quince veces beneficios, el beneficio es la parte visible y el derecho es la invisible. Retire el derecho y el ratio no se convierte en una peor herramienta de valoración: se convierte en un error de categoría disfrazado de herramienta.

Qué no suele darle un token

Frente a eso, considere lo que confiere un token de protocolo típico. Los detalles varían y hay diseños más cuidados que otros, pero la situación general se cumple con más frecuencia de lo que reconoce el marco del análisis fundamental.

  • Ningún derecho legal sobre el beneficio: el ingreso corresponde a un protocolo o a una fundación, no a usted. Cuando el valor llega al token es porque un proceso de gobernanza decidió dirigirlo allí, no porque se le deba.
  • Ninguna posición en una estructura de capital: por lo general no hay prelación definida, ni preferencia en liquidación, y con frecuencia no hay siquiera una entidad jurídica frente a la que reclamar.
  • Ninguna responsabilidad exigible: quienes dirigen la tesorería no suelen tener deber fiduciario alguno hacia usted. Si la gastan mal, el remedio es vender, que más que un remedio es una salida.
  • Ninguna permanencia: una política de distribución adoptada por la gobernanza puede modificarla la gobernanza. El mecanismo que crea el valor puede retirarlo por la misma vía y en el mismo plazo.
  • Con frecuencia, un derecho societario competidor: muchos de estos protocolos conviven con sociedades operativas y accionistas convencionales. Cuando existen ambos, el token y la acción son instrumentos distintos con derechos distintos sobre una economía solapada, y conviene tener claro cuál posee usted.

El registro empírico

Nada de lo anterior importaría demasiado si los tokens con ingresos y recompras se comportasen de forma fiable como las acciones con las que se los compara. El registro disponible no lo respalda, y el caso más instructivo es el de quien hizo todo lo que el argumento pide.

Pump.fun generó bastante más de 900 millones de dólares de ingresos y, durante unos nueve meses, destinó prácticamente la totalidad a recomprar y quemar su propio token. A finales de abril de 2026 quemó unos 370 millones de suministro en una sola operación, reduciendo los tokens en circulación en torno a un 36%. Por casi cualquier lectura, eso es la tesis ejecutada en su totalidad: ingresos reales, captura casi completa y una reducción de oferta agresiva y verificable.

Aun así, el token pasó la mayor parte de 2026 por debajo de su valoración de lanzamiento. Y entonces ocurrió lo decisivo: el protocolo cambió la política, pasando de destinar todo el ingreso a recompras a repartirlo aproximadamente a partes iguales entre recompras y operaciones, según lo reportado porque el modelo no estaba sosteniendo el precio.

Esa secuencia es todo el argumento de esta nota, comprimido. La distribución fue real mientras duró. No produjo el resultado que se esperaba de ella. Y cuando decepcionó, quienes la controlaban la cambiaron, que es exactamente lo que es una política discrecional y exactamente lo que no es un dividendo respaldado por un derecho legal. Un accionista al que le recortan el dividendo tiene una queja de gobierno corporativo y un conjunto de derechos. Un tenedor de token en la misma situación tiene un comunicado.

La comparación no se limita a un protocolo. Ripple ha visto subir con fuerza el precio de sus acciones privadas, marcado recientemente en torno a 136,90 dólares tras una recompra en la primavera de 2026 que situó la valoración de la compañía cerca de 50.000 millones, mientras que XRP ha caído alrededor de una cuarta parte a lo largo de 2026. El detalle más revelador es aritmético: a precios de mercado vigentes, la propia posición de la compañía en ese token habría valido más que toda la compañía. Inversores sofisticados, valorando directamente el capital, marcaron esos tokens muy por debajo del precio de pantalla, en parte porque los acuerdos de escrow limitan cuánto puede liberarse cada mes, de modo que la posición no puede venderse en la práctica al precio que se cotiza para ella.

Merece la pena detenerse ahí. En una misma empresa, el instrumento con derechos exigibles y el instrumento sin ellos se valoraron sobre bases enteramente distintas, y el mercado que fijó ambos consideró que el token valía materialmente menos que su propia cotización.

El lado de la oferta que nadie multiplica

Una segunda omisión recorre buena parte de este análisis, y es la que un analista de renta variable notaría primero.

Cuando una compañía anuncia una recompra, el analista pregunta por el número de acciones: emisiones, opciones, convertibles, cualquier cosa que compense la recompra. Neto de dilución es la única cifra que importa, y todo el mundo lo sabe. En tokens, la pregunta equivalente se formula mucho menos, pese a que la respuesta suele estar publicada con años de antelación.

La mayoría de los tokens de protocolo tienen calendarios contratados de emisión y desbloqueo: tramos que se liberan a equipos, inversores y programas de incentivos en fechas fijadas desde el lanzamiento. Una recompra que absorbe una cantidad mensual frente a un calendario que libera más que eso no reduce la oferta en ningún sentido económicamente relevante: ralentiza un aumento. El protocolo comentado más arriba se ha enfrentado exactamente a esto, con un desbloqueo sustancial previsto frente a un programa de recompra ya reducido.

Hay además una versión más sutil. Cuando las recompras se financian reciclando tokens hacia programas de incentivos en lugar de retirarlos de forma permanente, la cifra de recompra reportada y la variación del suministro en circulación son números distintos, y solo uno de ellos afecta a un tenedor. La diferencia entre quemar y recircular es la que separa una recompra de una transferencia, y no siempre resulta evidente en el anuncio.

La tensión regulatoria

Hay una complicación en este argumento que sus defensores rara vez abordan, y es la que un asignador institucional debería advertir.

Cuanto más explícitamente se presenta un token como participación en los beneficios de una empresa común, más se parece a aquello que el derecho de valores existe para regular. Los criterios difieren entre jurisdicciones, pero la dirección es constante: un instrumento comercializado sobre la expectativa de beneficios derivados del esfuerzo de terceros se sitúa más cerca del perímetro regulatorio que uno comercializado como utilidad o como derecho de gobernanza.

Esto genera una tensión real, no retórica. Cuanto más claro y vinculante se vuelve el mecanismo de acumulación de valor —cuanto más se parece al derecho exigible que justificaría un PER—, más difícil resulta sostener que el instrumento queda fuera del marco de valores. Y cuanto más discrecional y revocable se mantiene para permanecer fuera de ese marco, menos sostiene el argumento de valoración que se hace sobre él.

Es la misma frontera que nuestras notas sobre la CLARITY Act y sobre tokenización abordaron desde otras direcciones. Cuando un instrumento es un valor, se le aplica el derecho de valores existente y no los regímenes de criptoactivos; la tecnología no determina la calificación, la determina la naturaleza del instrumento. Un asignador al que le presentan una valoración fundamental de un token tiene derecho a preguntar de qué lado de esa línea cree estar el emisor, y qué le ocurre a la tesis si un regulador discrepa.

Las preguntas que sí funcionan

Nada de esto significa que el análisis fundamental no tenga lugar aquí. Significa que el análisis debe recaer sobre el objeto correcto. Los ingresos, los márgenes, la durabilidad competitiva y la disciplina en la reinversión merecen examinarse: hablan de la salud del negocio. Lo que no dicen por sí solos es cuánto vale su instrumento, porque su instrumento puede no ser un derecho sobre ese negocio.

Cinco preguntas hacen casi todo el trabajo, y son previas a cualquier múltiplo:

  • ¿Qué derecho confiere realmente este token: una titularidad jurídica, un voto de gobernanza, o la expectativa de que una tesorería siga comportándose como hasta ahora?
  • ¿Quién puede cambiarlo, mediante qué proceso y con qué rapidez? Una política modificable por votación es una política, no un contrato.
  • ¿Qué oferta está contratada para llegar, en qué fechas, y cómo se compara con el ritmo de recompra? Neto de emisión programada es la única cifra significativa.
  • ¿El valor se retira de forma permanente o se recircula? Una quema y una redistribución se parecen en una nota de prensa y no se parecen en nada.
  • ¿Quién más tiene derechos sobre la misma economía? ¿Hay una sociedad operativa, un accionista, una fundación, y dónde queda el token respecto de ellos?

Cómo lo aborda Block Asset Management

En esta clase de activo, los marcos analíticos nuevos llegan antes que los derechos que los justificarían. Nuestro papel es determinar a qué da derecho realmente un instrumento antes de plantearse cuánto podría valer.

El derecho antes que el múltiplo

Evaluamos qué se posee jurídicamente, quién lo controla y quién puede cambiarlo antes de cualquier ejercicio de valoración. Un flujo de caja que no puede exigirse es una expectativa, y lo tratamos como tal.

Exposición con la liquidez por delante

Nuestras estrategias sistemáticas se concentran en los segmentos más líquidos del mercado y no en posiciones temáticas o de tesis fundamental sobre protocolos concretos, de modo que las posiciones puedan dimensionarse, vigilarse y deshacerse con disciplina.

Fuentes de retorno que no dependen de un relato

Los enfoques market neutral y sistemáticos buscan retorno del comportamiento relativo y de señales basadas en reglas, y no de que una tesis de valoración acabe siendo correcta: lo desarrollamos en nuestras notas sobre estrategias market neutral y sobre inversión sistemática frente a discrecional.

Due diligence que pone a prueba la afirmación

Cuando evaluamos gestores externos, una supuesta ventaja de valoración es algo que debe evidenciarse mediante proceso, datos y controles, no aceptarse porque el marco resulte familiar.

Acceso gobernado para inversores profesionales

Los inversores profesionales y cualificados acceden a esta clase de activo con límites de riesgo definidos, seguimiento continuo y un proceso controlado y auditable.

La maduración de esta clase de activo es real, y la aparición de ingresos genuinos a nivel de protocolo es uno de los desarrollos más alentadores que ha tenido. Los analistas que examinan esos ingresos en serio hacen mejor trabajo que quienes los ignoran.

Pero un marco de valoración importado de la renta variable arrastra supuestos que no viajan con él. El PER funciona porque una acción es un derecho, exigible ante un tribunal, con prelación en una estructura de capital y con deberes que le deben quienes controlan el dinero. Retire eso y la aritmética sigue funcionando mientras el significado se le escurre en silencio. La respuesta correcta no es rechazar el análisis fundamental, sino exigir que se aplique a lo que realmente se posee, y eso empieza por establecer qué es.

Si su organización está valorando cómo se analizan y gobiernan los activos digitales dentro de una cartera, nuestro equipo de relación con inversores estará encantado de comentar nuestro enfoque. Los inversores profesionales y cualificados también pueden registrarse para acceder a nuestros materiales detallados de estrategia.

Información importante

Este material se facilita únicamente con fines informativos y está dirigido a inversores profesionales y cualificados. Es un comentario sobre metodología de valoración y estructura de mercado y no constituye asesoramiento legal, fiscal ni de inversión, ni una oferta, solicitud o recomendación de estrategia, instrumento financiero o activo alguno. Las referencias a protocolos, tokens o compañías concretos son casos de estudio ilustrativos basados en información pública; se incluyen únicamente con fines informativos, no constituyen recomendación de comprar, vender o mantener ningún activo, y no indican que Block Asset Management ni ninguna de sus estrategias mantenga, haya mantenido o tenga intención de mantener exposición alguna a ellos. Nada de lo aquí expuesto constituye una opinión sobre los méritos o perspectivas de ningún activo o emisor mencionado. Los datos citados proceden de fuentes de información pública, son aproximados, se refieren a los períodos indicados y pueden haber variado desde entonces; no se refieren al comportamiento de ninguna estrategia de Block Asset Management. Las descripciones de marcos regulatorios son generales y no constituyen una declaración del derecho aplicable en ninguna jurisdicción. Los activos digitales son volátiles y conllevan un riesgo significativo, incluida la posible pérdida de la totalidad del importe invertido. Los resultados pasados no son un indicador fiable de resultados futuros.

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